Bancos y otras empresas están empezando a reconocer que utilizan intereses usurarios

(Transcripción de artículo publicado en LNE.es 2271172017)

En Álvarez de Linera Abogados, expertos en Derecho Bancario, se están defendiendo los intereses de muchos afectados por estos productos y explican qué tipo de reclamaciones están atendiendo.

Desde hace unos meses, está siendo cada vez más habitual tener noticias de Sentencias que condenan a Bancos y otras entidades financieras por aplicar intereses usurarios, tanto en sus préstamos, como en tarjetas de crédito.

En Álvarez de Linera Abogados expertos en Derecho Bancario, entre otras materias, se están defendiendo los intereses de muchos afectados por estos productos y nos explican qué tipo de reclamaciones están atendiendo.

Según nos indica Jorge Álvarez de Linera, las demandas en este tipo de asuntos se pueden dividir en dos grandes grupos:

  •  Las relacionadas con los intereses del pago aplazado de tarjetas de crédito.
  • Las que tienen que ver con los intereses que se aplican a los denominados «micropréstamos».

Pese a que tienen un tratamiento similar, los efectos no son exactamente los mismos.

En materia de tarjetas de crédito, quienes han dispuesto de dinero y han optado por el pago aplazado, han caído en la trampa tendida por el Banco o entidad financiera titular de la tarjeta. Ese es su verdadero negocio, pues están aplicando intereses cercanos al 30% anual.

Como consecuencia de ello, son muy habituales los casos de clientes que, tras años pagando las cuotas mensuales de la tarjeta, ven que su deuda disminuye muy poco. Es como si nunca fuesen a acabar de pagar la deuda.

Pues bien, tras efectuar la reclamación judicial, la Sentencia que se obtiene anula completamente la tarjeta. En muchas ocasiones, el propio Banco o entidad Financiera reconoce abiertamente que han aplicado un interés usurario.

El efecto que se consigue es el siguiente: todas las cantidades pagadas por el cliente se consideran dedicadas a pagar el dinero del que dispuso el cliente. Es decir, se anulan los intereses y comisiones que el cliente ha pagado. Esto tiene como consecuencia que, en la mayor parte de los casos, no solamente el cliente no debe nada al Banco o Entidad Financiera, sino que el cliente recibe una importante compensación económica.

Así, un cliente-tipo afectado por este tipo de productos pasa de estar debiendo unos +/-2.500€ a recibir una compensación de cerca de 3.000€.

Además, el cliente no tiene que hacer ningún tipo de desembolso, pues el Banco o Entidad Financiera, además de tener que devolver dinero al cliente, resulta también condenado a pagar al Abogado y al Procurador del demandante.

Por lo que se refiere a los denominados «micropréstamos«, que han proliferado mucho en los últimos tiempos, también aplican unos intereses usurarios. En este caso, en muchos casos superiores al 2.000% anual.

Al igual que sucede con las tarjetas de crédito, el cliente puede recuperar lo pagado por «intereses y comisiones», pues el préstamo se anula completamente.

Muchos clientes han encadenado diversos préstamos de este tipo y terminan recuperando importantes cantidades de dinero, sin tener que hacer ningún tipo de desembolso.

En otros casos, hay clientes que acumulan muchos micropréstamos, y solicitan otros para pagar los anteriores, generando un «efecto bola de nieve», por el que en poco tiempo se acumulan importantes deudas, de las que se pueden liberar mediante un correcto asesoramiento.

En Álvarez de Linera Abogados, todos los afectados por este tipo de productos pueden encontrar su solución, consultando su caso de forma completamente gratuita.

Para contactar con Álvarez de Linera Abogados pueden hacerlo, bien por correo electrónico (info@alvarezdelinera.com), bien por teléfono, solicitando cita en el 984283878. También pueden enviar su consulta mediante el formulario que figura en la web www.alvarezdelinera.com

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