{"id":300,"date":"2016-07-13T18:04:14","date_gmt":"2016-07-13T16:04:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/?p=300"},"modified":"2020-06-16T13:57:56","modified_gmt":"2020-06-16T11:57:56","slug":"clausula-suelo-ayudita-a-los-bancos-por-parte-del-abogado-general-del-tjue","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/clausula-suelo-ayudita-a-los-bancos-por-parte-del-abogado-general-del-tjue\/","title":{"rendered":"&#8220;Clausula Suelo&#8221;: &#8220;Ayudita&#8221; a los Bancos por parte del Abogado General del TJUE"},"content":{"rendered":"<!DOCTYPE html PUBLIC \"-\/\/W3C\/\/DTD HTML 4.0 Transitional\/\/EN\" \"http:\/\/www.w3.org\/TR\/REC-html40\/loose.dtd\">\n<html><body><p class=\"entradilla\">El Abogado General del TJUE ha hecho p&uacute;blicas hoy sus conclusiones en referencia a la cuesti&oacute;n planteada sobre las denominadas&rdquo;cl&aacute;usulas suelo&rdquo;.<\/p>\n<p class=\"entradilla\">Entre los asuntos analizados, el m&aacute;s importante se refer&iacute;a a la fecha desde la que computar el efecto de la nulidad de una cl&aacute;usula declarada nula.<\/p>\n<p class=\"entradilla\">Pues bien, el Abogado General apuntala el criterio de nuestro Tribunal Supremo, que acord&oacute; limitar los efectos de la nulidad a 9 de mayo de 2.013.<\/p>\n<p class=\"entradilla\">En la pr&aacute;ctica, esto supone que un cliente-tipo que consiga que se declare nula la &ldquo;cl&aacute;usula suelo&rdquo; de su pr&eacute;stamo hipotecario, obtendr&aacute; una rebaja en su cota mensual, y recuperar&aacute; una media de 6.000&euro;.<\/p>\n<p class=\"entradilla\">De haberse inclinado el Abogado General por extender el efecto de la nulidad a la fecha de firma del pr&eacute;stamo hipotecario, la cantidad a recuperar ser&iacute;a de unos 10.000&euro;.<\/p>\n<p class=\"entradilla\">Aunque estas Conclusiones no son vinculantes para el Tribunal, en la mayor parte de las ocasiones la Sentencia del TJUE suele ser coincidente con las el criterio del Abogado General.<\/p>\n<p class=\"entradilla\">Antes de final de a&ntilde;o conoceremos la Sentencia del TJUE.<\/p>\n<p class=\"entradilla\">Diario Expansi&oacute;n, lo relata hoy as&iacute;, en su edici&oacute;n digital:<\/p>\n<p class=\"entradilla\" style=\"text-align: justify;\">&ldquo;<em>El Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea se inclina, de momento, por dar la raz&oacute;n a los bancos en la pol&eacute;mica de las cl&aacute;usulas suelo.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Un dictamen preliminar su abogado general, Paolo Mengozzi, asegura que las entidades no tendr&aacute;n que devolver a los clientes todo lo cobrado de m&aacute;s por las cl&aacute;usulas suelo abusivas de sus contratos hipotecarios, sino solo desde el 9 de mayo de 2013, como dicta la sentencia del Tribunal Supremo de ese mismo d&iacute;a. En juego hay miles de millones de euros.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>&ldquo;El Abogado General propone al Tribunal de Justicia que declare que la limitaci&oacute;n en el tiempo de los efectos de la nulidad de las cl&aacute;usulas &laquo;suelo&raquo;, incluidas en los contratos de pr&eacute;stamo hipotecario en Espa&ntilde;a, es compatible con la Directiva&rdquo;, afirma el TJUE en un comunicado.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Mengozzi se&ntilde;ala que la Directiva europea que regula la protecci&oacute;n al consumidor no exige a los Estados que establezcan la nulidad retroactiva de las cl&aacute;usulas abusivas y deja a la justicia de cada pa&iacute;s libertad para determinar las condiciones en las que se pueden limitar las compensaciones. Concretamente, se&ntilde;ala que el Tribunal Supremo, de forma excepcional, tiene potestad para limitar la protecci&oacute;n de los consumidores en aras de la estabilidad macroecon&oacute;mica del pa&iacute;s.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Aunque la opini&oacute;n del abogado general no es vinculante, suele ser un buen indicador para pronosticar por d&oacute;nde va a ir la sentencia final. Seg&uacute;n explican fuentes del TJUE, en la gran mayor&iacute;a de las ocasiones, los jueces suelen respaldar las tesis esgrimidas por el abogado general en su documento de conclusiones.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Mengozzi se&ntilde;ala que la Directiva europea que regula la protecci&oacute;n al consumidor no exige a los Estados que establezcan la nulidad retroactiva de las cl&aacute;usulas abusivas y deja a la justicia de cada pa&iacute;s libertad para determinar las condiciones en las que se pueden limitar las compensaciones. Concretamente, se&ntilde;ala que el Tribunal Supremo, de forma excepcional, tiene potestad para limitar la protecci&oacute;n de los consumidores en aras de la estabilidad macroecon&oacute;mica del pa&iacute;s.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Aunque la opini&oacute;n del abogado general no es vinculante, suele ser un buen indicador para pronosticar por d&oacute;nde va a ir la sentencia final. Seg&uacute;n explican fuentes del TJUE, en la gran mayor&iacute;a de las ocasiones, los jueces suelen respaldar las tesis esgrimidas por el abogado general en su documento de conclusiones.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>La vista oral se celebr&oacute; el pasado 26 de abril y la sentencia definitiva se espera para finales de a&ntilde;o. Sobre el papel, el caso se centra en varios clientes particulares que suscribieron sendas hipotecas con BBVA, Cajamar y Abanca (antigua NovacaixaGalicia), pero la sentencia ser&aacute; extrapolable a todos aquellos casos en los que la justicia espa&ntilde;ola dictamine que la cl&aacute;usula suelo es abusiva.<\/em><\/p>\n<h2 class=\"ladillo\" style=\"text-align: justify;\"><em>Or&iacute;genes<\/em><\/h2>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Los contratos hipotecarios con cl&aacute;usula suelo establecen un tipo de inter&eacute;s m&iacute;nimo que el cliente tendr&aacute; que pagar, independientemente de lo que baje el &iacute;ndice de referencia, habitualmente el euribor. Durante a&ntilde;os, estas cl&aacute;usulas pasaron desapercibidas, pero desde que el Banco Central Europeo decidi&oacute; combatir la crisis con una pol&iacute;tica monetaria h&iacute;perexpansiva el euribor se ha situado en niveles cercanos al cero. Esto activ&oacute; multitud de cl&aacute;usulas suelo e impidi&oacute; que muchos de estos clientes se beneficiaran de unos tipos de inter&eacute;s hist&oacute;ricamente bajos. Entonces, muchos de ellos demandaron a los bancos por lo que consideraban una cl&aacute;usula abusiva.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>El Tribunal Supremo dio la raz&oacute;n a los clientes en una sentencia del 9 de mayo de 2013, pero limit&oacute; la compensaci&oacute;n que pod&iacute;an reclamar los clientes a lo cobrado de m&aacute;s a partir de esa fecha. Entre los motivos invocados por la justicia espa&ntilde;ola, se encontraba la estabilidad financiera del pa&iacute;s. En julio del a&ntilde;o anterior, apenas diez meses antes, el Gobierno hab&iacute;a pedido un rescate europeo para sanear las cajas de ahorros.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>En este punto, Mengozzi se alinea con el Supremo: &ldquo;El Abogado General reconoce que, en el momento en que se pronuncia acerca de los efectos en el tiempo de su resoluci&oacute;n, un &oacute;rgano jurisdiccional supremo puede ponderar la protecci&oacute;n de los consumidores con las repercusiones macroecon&oacute;micas asociadas a la amplitud con que se utilizaron las cl&aacute;usulas &laquo;suelo&raquo;. En este contexto, el Abogado General considera que, a t&iacute;tulo de excepci&oacute;n, las mencionadas repercusiones pueden justificar la limitaci&oacute;n en el tiempo de los efectos de la nulidad de una cl&aacute;usula abusiva, sin que se rompa el equilibrio en la relaci&oacute;n existente entre el consumidor y el profesional&rdquo;.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Los clientes y la Comisi&oacute;n Europea piden la retroactividad total a la hora de computar las indemnizaciones a los clientes. Seg&uacute;n el Ejecutivo comunitario, la directiva europea que regula las cl&aacute;usulas abusivas suscritas por particulares obliga a restituir en su totalidad el perjuicio causado.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Hasta el momento, tanto la Comisi&oacute;n Europea como el BCE han recomendado a la banca espa&ntilde;ola que se prepare ante la posibilidad de que la sentencia se posicione en su contra. No hay cifras oficiales y p&uacute;blicas sobre el impacto de las cl&aacute;usulas suelo, pero seg&uacute;n un informe del Banco de Espa&ntilde;a utilizado por los abogados defensores de los bancos durante la vista oral del caso -y que la instituci&oacute;n se niega a divulgar-, si la indemnizaci&oacute;n se calcula desde el inicio de los contratos hipotecarios el importe total oscilar&iacute;a entre 5.000 y 7.600 millones de euros.<\/em><\/p>\n<h2 class=\"ladillo\" style=\"text-align: justify;\"><em>Impacto potencial<\/em><\/h2>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>En un informe publicado la semana pasada, el banco estadounidense Goldman Sachs estimaba que, en el peor escenario posible, es decir, aquel en el que se obligue a las entidades a devolver todo el dinero a sus clientes desde 2009, cuatro entidades del Ibex que comercializaron estas cl&aacute;usulas (BBVA, CaixaBank, Bankia y Popular) deber&aacute;n dotar otros 3.000 millones de euros. Estos se sumar&aacute;n a los 1.000 millones que ya han provisionado estos cuatro bancos, tras la sentencia del Tribunal Supremo de abril del a&ntilde;o pasado, cuando declar&oacute; abusivas las cl&aacute;usulas y les oblig&oacute; a devolver el dinero cobrado desde mayo de 2013.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>El coste total se elevar&iacute;a a los 4.000 millones de euros. BBVA ser&iacute;a la entidad m&aacute;s afectada, seg&uacute;n la valoraci&oacute;n de Goldman, con provisiones extra de 1.800 millones&rdquo;<\/em>.<\/p>\n<\/body><\/html>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Abogado General del TJUE ha hecho p\u00fablicas hoy sus conclusiones en referencia a la cuesti\u00f3n planteada sobre las denominadas&#8221;cl\u00e1usulas suelo&#8221;.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[5],"tags":[],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/300"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=300"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/300\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":564,"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/300\/revisions\/564"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=300"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=300"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alvarezdelinera.com\/old\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=300"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}